Auto Supremo AS/0924/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0924/2018

Fecha: 25-Sep-2018

Sin perjuicio de lo ya expresado supra, si la recurrente consideraba que los fundamentos expuestos

Sin perjuicio de lo ya expresado supra, si la recurrente consideraba que los fundamentos expuestos en el Auto de Vista resultaban insuficientes, ésta en virtud a lo establecido en el art. 226.III del Código Procesal Civil, dentro del plazo improrrogable de veinticuatro horas de haber sido notificado con la resolución de Alzada, podía haber solicitado la aclaración, enmienda y/o complementación, y de esta manera enmendar la ausencia de motivación y fundamentación que alega, pues el no hacer uso de dicho derecho para reclamar irregularidades procesales, conforme a los principios que rigen las nulidades procesales, amerita la convalidación de dicho actuado no pudiendo reclamar en etapas posteriores que este sea subsanado