Auto Supremo AS/0006/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

De esa relación necesaria de antecedentes, ciertamente el Tribunal de alzada vulneró el derecho, garantía


De esa relación necesaria de antecedentes, ciertamente el Tribunal de alzada vulneró el derecho, garantía y principio del debido proceso como arguye la parte recurrente por las siguientes razones: primero, no se cumplió con la notificación a las partes procesales con el decreto de 23 de junio de 2017, en el que la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz tiene presente la remisión del caso de autos de la Sala Penal Primera, pese a que de manera expresa señaló “y en conocimiento de partes”; no obstante, no fue cumplido, aspecto que lesiona el debido proceso, puesto que, se le coartó el derecho de hacer uso de los recursos que la ley le franquea, constituyendo dicha omisión defecto absoluto no susceptible de convalidación conforme prevé el art. 169 inc. 3) del CPP; por cuanto, se incumplió con el principio de publicidad que fue explicado en el acápite III.1 de esta Resolución; puesto que, todos los actos procesales deben ser puestos en conocimiento de las partes a efectos de que puedan utilizar los recursos y medios que la Ley les franquea, para hacer valer los derechos que estiman les asisten, lo que no fue observado oportunamente por el Tribunal de alzada, por lo que este punto del reclamo deviene en fundado