Auto Supremo AS/0007/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

Que el acusado comienza haciendo una serie de argumentaciones confusas entre el incidente de extinción


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a través del Auto de Vista impugnado, declaró improcedente los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia; bajo los siguientes argumentos, vinculados al motivo de casación:

Que el acusado comienza haciendo una serie de argumentaciones confusas entre el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso previsto por el art. 27 inc. 10) y 133 del CPP y la excepción de prescripción de la acción penal prevista por el art. 27 inc. 8) y 29 del CPP, existiendo diferencia entre ambos en la forma de planteamiento, el comienzo del cómputo del plazo y la finalización del mismo, en el caso, no concuerda entre la excepción de prescripción planteada a fs. 203 a 208 vta. y el incidente de extinción por duración máxima del proceso que argumenta en su recurso de apelación restringida, respecto a la excepción que señala el art. 27 inc. 8) y 29) del CPP no se dan las condiciones que exige la norma; ya que, el hecho sucedido el 15 de septiembre de 2011, el plazo de la prescripción empieza a correr a partir de la media noche del día que se cometió el delito como lo establece el art. 30 del CPP, el plazo se interrumpe por la declaratoria de rebeldía del imputado como lo establece el art. 31 del CPP, en el caso el imputado fue declarado rebelde por auto de 16 de junio de 2016, la rebeldía y todo lo dispuesto en el acta de declaratoria de rebeldía fueron dejadas sin efecto en el acta de comparecencia de 28 de junio de 2016 y desde esa fecha se computa nuevamente el plazo de la prescripción