Auto Supremo AS/0009/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

Con base en un pasaje del Auto Supremo 258/2013 de 11 de julio, en


Como se tiene sintetizado en el apartado II.2 de este Auto Supremo, pronunciada la sentencia los recurrentes activaron recurso de apelación restringida, planteando su disconformidad con la decisión condenatoria y acusando al Tribunal de sentencia de incurrir en errónea aplicación de la Ley sustantiva, afirmando que las conclusiones efectuadas sobre la documental de Contrato de promesa y opción de venta de inmueble de 23 de marzo de 2006 y la falta de declaratoria de herederos de Fanny Montenegro, fueran erróneas: “porque existen otras pruebas y también no hay fundamentación no motivación expresa vinculante entre el contrato de venta de 30-OCT-2007 y las pruebas que corrobore, la existencia de delito”

Con base en un pasaje del Auto Supremo 258/2013 de 11 de julio, en el presente caso –expusieron los apelantes- no existe la presencia de dolo y tampoco “hay negocio jurídico criminalizado, porque las partes suscribientes y Fanny Montenegro, estaban impuestos de su tenor, en todo momento” (sic) señalando más adelante que “no hubo ocultamiento del contrato de transferencia, como se deduce de la demanda ordinaria de nulidad de venta de inmueble, porque la propia víctima hace demanda reconvencional de nulidad parcial del contrato de 30-OCT-2007 que salió improbada” (sic). De ahí en más el acto recursivo, procede a reiterar interpretaciones y supuestas conclusiones que girasen alrededor de documental que supuestamente fue omitida en análisis por parte del Tribunal de Sentencia