Auto Supremo AS/0009/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

En esa misma comprensión el precedente en cuestión orientó que: “dichos razonamientos de ninguna manera

El Auto Supremo 348/2015-RRC de 3 de junio, fue pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia analizando el planteamiento de contradicción con el Auto Supremo 394/2014-RRC de 18 de agosto, mismo que había sido dictado dentro de ese mismo proceso y que absolvió una denuncia insuficiente fundamentación dentro de un Auto de Vista que: “resolvió las apelaciones incidental y restringida en forma conjunta; cuando cada impugnación debió ser resuelta individualmente y por su orden, con la debida fundamentación fáctica, probatoria y jurídica”.

La doctrina legal aplicable del Auto Supremo en descripción consideró que: “corresponde que el Tribunal de alzada primeramente resuelva las cuestiones incidentales planteadas, determinando si las mismas contienen fundamento legal para declararlas probadas, resultando que en caso de ser positivo el pronunciamiento, la resolución del fondo de la apelación restringida carecería de trascendencia, caso contrario, determinándose el rechazo de las excepciones e incidentes, recién el Tribunal de apelación podría resolver la apelación restringida, decidiendo lo que corresponda por ley”.

En esa misma comprensión el precedente en cuestión orientó que: “dichos razonamientos de ninguna manera establecen que la apelación incidental y la apelación restringida, deban ser resueltos en resoluciones independientes y separadas, sino más bien resalta de cada una de las impugnaciones sea resuelta de manera diferenciada de tal modo que se pueda brindar certeza y seguridad jurídica a las partes de lo que se decide”