Auto Supremo AS/0010/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0010/2019

Fecha: 29-Ene-2019

El Auto de Vista Nº 166 de 13 de julio de 2017, contiene la motivación

Conforme se tiene expresado en el análisis precedente, identificado por beneficio social y derecho laboral que nos ocupa, de la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que:
El Auto de Vista Nº 166 de 13 de julio de 2017, contiene la motivación y fundamentación necesarias sobre la valoración de la prueba, el documento de renuncia, lo referente al subsidio del menor de edad, el bono de frontera, pago doble de aguinaldo de Navidad por incumplimiento, que se confundió por Segundo Aguinaldo (Esfuerzo por Bolivia) y todo con base en la documental cursante de fs. 1 a 9, testificales de fs. 101 a 103 y confesión provocada de fs. 105 a 106, al precisar que las mismas acreditan que la demandante prestaba servicios como Auxiliar de Limpieza en el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. – Sucursal Puerto Quijarro, provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, concluyendo que el Juez a quo realizó una correcta valoración de las pruebas a momento de declarar probada la demanda; más aún si consideramos que la entidad financiera demandada no ofreció prueba de descargo que desvirtúe la pretensión; en consecuencia, se evidencia que no existe omisión de valoración de prueba alguna que vulnere el debido proceso, conforme se desarrollará a continuación