Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 156 a 158 vta., interpuesto por Marco Antonio Montero Vaca en representación del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., contra el Auto de Vista Nº 166 de 13 de julio de 2017, cursante a fs. 153 y vta., pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Sonia Chore Yurrupi contra la entidad financiera recurrente, traslado de fs. 159, contestación de fs. 161 a 164 vta., los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
SENTENCIA.-
Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes en desahucio (sueldo Bs.1000.-), indemnización (12 años), vacación (2 años), aguinaldo (12 años), aguinaldo doble por incumplimiento (12 años), subsidio de lactancia (Sonia Chavez Chore), subsidio de lactancia (Alfredo Chavez Chore), 20% de bono frontera y la multa de 30%, peticionando la suma de Bs70.000.- (setenta mil 00/100 bolivianos), el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emite la Sentencia Nº 3 de 9 de enero de 2017, cursante de fs. 118 a 120, que declara probada la demanda de fs. 10 a 13, con costas; ordenando el pago de beneficios sociales por el tiempo de trabajo de 11 años y 3 meses, en la suma de Bs117.157,00.- (ciento diecisiete mil, ciento cincuenta y siete 00/100 bolivianos), correspondientes a indemnización (11 años, 3 meses), vacación (2 gestiones), aguinaldo (11 años, 3 meses), aguinaldo doble por incumplimiento (11 años, 3 meses), subsidios de lactancia (2 hijos) y bono frontera (salario básico x 135 meses), más multa del 30% de conformidad al art. 9.II del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, menos Bs.11.218.- (once mil doscientos dieciocho) ya pagado por la entidad financiera demandada
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 156 a 158 vta., interpuesto por Marco Antonio Montero Vaca en representación del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., contra el Auto de Vista Nº 166 de 13 de julio de 2017, cursante a fs. 153 y vta., pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Sonia Chore Yurrupi contra la entidad financiera recurrente, traslado de fs. 159, contestación de fs. 161 a 164 vta., los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
SENTENCIA.-
Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes en desahucio (sueldo Bs.1000.-), indemnización (12 años), vacación (2 años), aguinaldo (12 años), aguinaldo doble por incumplimiento (12 años), subsidio de lactancia (Sonia Chavez Chore), subsidio de lactancia (Alfredo Chavez Chore), 20% de bono frontera y la multa de 30%, peticionando la suma de Bs70.000.- (setenta mil 00/100 bolivianos), el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emite la Sentencia Nº 3 de 9 de enero de 2017, cursante de fs. 118 a 120, que declara probada la demanda de fs. 10 a 13, con costas; ordenando el pago de beneficios sociales por el tiempo de trabajo de 11 años y 3 meses, en la suma de Bs117.157,00.- (ciento diecisiete mil, ciento cincuenta y siete 00/100 bolivianos), correspondientes a indemnización (11 años, 3 meses), vacación (2 gestiones), aguinaldo (11 años, 3 meses), aguinaldo doble por incumplimiento (11 años, 3 meses), subsidios de lactancia (2 hijos) y bono frontera (salario básico x 135 meses), más multa del 30% de conformidad al art. 9.II del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, menos Bs.11.218.- (once mil doscientos dieciocho) ya pagado por la entidad financiera demandada
- Demandado: Banco Mercantil Santa Cruz S.A
- Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes
- Interpuesto el recurso de apelación por el Banco Mercantil Santa Cruz S
- Marco Antonio Montero Vaca en representación del Banco Mercantil Santa Cruz S
- b) Contiene incorrecto análisis de las pruebas ofrecidas por la entidad financiera demandada y que
- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- En cuanto a las características de la relación laboral, el art
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- Consiguientemente, le corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba
- De ello se infiere que la interpretación de las normas en materia laboral, debe partir
- El instituto de la indemnización es un derecho consagrado constitucionalmente en el art
- Por su parte el art
- En aplicación del art
- En ese contexto, la vacación constituye el descanso que ofrece la posibilidad al trabajador, de
- El art
- La Resolución Ministerial Nº 712/03 de 20 de noviembre de 2003, establece el pago del
- Dicha norma transcrita, no hace diferencia entre servidores públicos eventuales o permanentes, incluye a todos
- La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº
- El Auto de Vista Nº 166 de 13 de julio de 2017, contiene la motivación
- En cuanto a la indemnización, corresponde aplicar el art
- Finalmente, en cuanto al pago del subsidio de frontera ordenado en Sentencia y confirmado por
- En el caso de autos, se observa que la entidad financiera desconoce éste derecho adquirido
- Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente, se concluye que al no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
