Auto Supremo AS/0019/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2019-RRC

Fecha: 30-Ene-2019

Ahora bien, ingresando al análisis del presente motivo, de antecedentes procesales se tiene, que ante


Ahora bien, ingresando al análisis del presente motivo, de antecedentes procesales se tiene, que ante la emisión de la Sentencia condenatoria, el imputado formuló recurso de apelación restringida, que fue remitida y radicada ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que por decreto de 3 de enero de 2018 observó el recurso planteado en sus tres motivos, disponiendo que en el plazo de 3 días subsane las omisiones bajo apercibimiento de rechazo conforme prevé el art. 399 del CPP; notificado el imputado con tal determinación, por memorial de fs. 363 a 368 vta., subsanó lo extrañado; respecto a lo cual, el Tribunal de alzada por decreto de 24 de enero de 2018 (fs. 369), dispuso el sorteo de ley a fines de la resolución de la causa; no obstante, por decreto de 3 de abril de 2018, señaló que en mérito a la disidencia existente entre los Vocales titulares de la Sala, convoca a Hugo Córdova Eguez, Vocal de turno de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, a efectos de dirimir la misma; en cuyo efecto, se emitió el Auto de Vista recurrido que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia, bajo los fundamentos que fueron extractados en el acápite II.6 de este fallo, determinación que fue notificada al recurrente el 8 de mayo de 2018 conforme costa de la diligencia de notificación de fs. 381, a los fines de que pueda ejercer los recursos que la Ley franquea