Es así que textualmente, los arts
Es así que textualmente, los arts. 3.j) y 158 del CPT a la letra indican: 3.j) “Libre apreciación de la prueba, por la que el Juez valora las pruebas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, los dictados de su conciencia y los principios enunciados”; y, 158 “El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes. Sin embargo, cuando la Ley exija determinada solemnidad ad substantiam actus, no se podrá admitir su prueba por otro medio. En todo caso, en la parte motivada de la sentencia el Juez indicará los hechos y circunstancias que causaron su convencimiento”
- VISTOS EN SALA: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por el demandante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandante Marcial Rocha Balladares, interpone recurso de
- Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado violenta
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- Petitorio
- Por su parte, el demandado habiendo sido legalmente notificado, contesta el recurso, fs
- De la valoración de la prueba
- Es así que textualmente, los arts
- El término “prescripción” en el ámbito del Derecho, comprende la acepción de prescripción extintiva o
- El art
- Planteados los argumentos expuestos en el recurso de casación presentado, se debe considerar lo siguiente
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- De lo anterior se tiene que la irretroactividad de la norma en general parte del
- En ese contexto normativo y jurisprudencial, los criterios vertidos en el ámbito constitucional resultan plenamente
- Por otra parte, se debe examinar si la facción de la planilla de liquidación cursante
- En el caso presente, el trabajador concluyó la relación laboral en el año 1980 y
- Lo que corresponde analizar, es el texto del Auto de Vista recurrido, pues en el
- Por otra parte, en el punto mismo 2) a) del Considerando II, fs
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
