Auto Supremo AS/0551/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2019

Fecha: 08-Oct-2019

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3.- Afirma que se incurrió en violación e interpretación errónea del art. 120 de la LGT, porque en la demanda se solicita el pago de derechos desde la gestión 1996 a 2015, no correspondiendo aplicar la nueva Constitución Política del Estado, porque no es retroactiva y no existe ninguna norma que disponga que derecho se otorga en forma retroactiva, siendo imprescriptibles los derechos recién dos años antes de la promulgación de la aludida norma constitucional, por lo que los derechos pretendidos a la fecha se encuentran prescritos