Auto Supremo AS/0568/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2019

Fecha: 08-Oct-2019

En ese sentido concluyó que al no existir prueba ni sustento que demuestre lo aseverado

Señaló que la determinación judicial no puede sustentarse en la presunción prevista en el art. 182 inc. i) del Código Procesal del Trabajo (en adelante CPT), sin considerar que de acuerdo al art. 66 del CPT, la demandante también debe respaldar las horas extraordinarias pendientes de pago.
En ese sentido concluyó que al no existir prueba ni sustento que demuestre lo aseverado por la demandante, no corresponde el pago de horas extraordinarias