Auto Supremo AS/0569/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Por otra parte, el art

Por otra parte, el art. 218 I. del CPC, determina que el auto de vista es el fallo de segunda instancia que deberá cumplir con los requisitos de la sentencia en lo que fuera pertinente, por lo que, el impugnado auto de vista no cumplió con la previsión del art. 213, par. II, inc. 3) del citado cuerpo adjetivo, aplicable a la materia por permisión del art. 252 del CPT, por cuanto no ha efectuado una adecuada valoración de la prueba y de la sentencia en cuestión para determinar una presunta nulidad, en la cual claramente se detallaron lo hechos probados y no probados, así como se realizó una adecuada valoración de toda la prueba falsamente atribuida como omitida