Auto Supremo AS/0572/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Continúa señalando que, todo juez o tribunal, debe también considerar la existencia de otras disposiciones

Agrega que, si para el juez a quo no fueron suficientes las testaciones de los testigos de cargo, tenía que avenirse a los preceptos insoslayables del CPT y, sobre todo, lo que manda la Ley Fundamental del Estado. Sin embargo, el Tribunal de alzada señaló que “SE TRATA DE UNA FACULTAD POTESTATIVA Y NO OBLIGATORIA PARA LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL”.
Continúa señalando que, todo juez o tribunal, debe también considerar la existencia de otras disposiciones legales de dimensión doctrinal et magister, como son los principios rectores en materia laboral; empero el tribunal de alzada, no tuvo a bien aplicar el principio nuclear Laboral cual es el principio de proteccionismo inserto en el art. 3.g) del CPT y no como ocurre en autos, toda vez que, el fundamento del auto de vista, no comulga con lo establecido en la Constitución Política del Estado en su art. 48