En la parte resolutiva del Auto de Vista, la liquidación, comete un error de considerar
En la parte resolutiva del Auto de Vista, la liquidación, comete un error de considerar el aguinaldo de la gestión 2013 íntegramente y no en duodécimas como señala la misma resolución, en su parte considerativa. El mismo error se comete sobre la orden de pago del segundo aguinaldo “esfuerzo por Bolivia”, que también debe pagarse en duodécimas de la gestión 2013 comprendiendo en cada caso, el pago de Bs. 5.112,46, totalizando la suma de Bs. 10.224,92, cuando en realidad dichos pagos sólo alcanzaban hasta agosto del indicado año, al haber hecho abandono de su trabajo en dicho mes. Ordenando un pago en un monto inclusive mayor al mismo promedio indemnizable de Bs. 4.164
- Demandado : Empresa Constructora VISO LTDA.
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por memorial de fs
- En la parte resolutiva del Auto de Vista, la liquidación, comete un error de considerar
- En consecuencia, este pago constituye en una violación y aplicación indebida de la Ley de
- Al margen que para recibir este subsidio se requiere la certificación médica de embarazo expedida
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Fundamentos del caso concreto
- Sobre el primer punto, revisado el cálculo efectuado en el Auto de Vista recurrido, éste
- Ahora el referido monto de Bs
- Finalmente corresponde aclarar en cuanto a la valoración probatoria, que los Jueces laborales no se
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación obró en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
