POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Empresa Constructora VISO LTDA., representada por Ramiro Wilfredo Verduguez Vargas contra el Auto de Vista N° 033/2018 de 27 de marzo, cursante de fs. 650 a 659. Con costas
- Demandado : Empresa Constructora VISO LTDA.
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por memorial de fs
- En la parte resolutiva del Auto de Vista, la liquidación, comete un error de considerar
- En consecuencia, este pago constituye en una violación y aplicación indebida de la Ley de
- Al margen que para recibir este subsidio se requiere la certificación médica de embarazo expedida
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Fundamentos del caso concreto
- Sobre el primer punto, revisado el cálculo efectuado en el Auto de Vista recurrido, éste
- Ahora el referido monto de Bs
- Finalmente corresponde aclarar en cuanto a la valoración probatoria, que los Jueces laborales no se
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación obró en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
