Auto Supremo AS/0574/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2019

Fecha: 08-Oct-2019

El Juez de instancia, en correcta valoración de los hechos y prueba de obrados estableció

El Juez de instancia, en correcta valoración de los hechos y prueba de obrados estableció que en el presente caso no operó el supuesto retiro indirecto argüido por la demandante, sin embargo, es de lamentar que el Tribunal de alzada hubiera efectuado una incorrecta interpretación de la R.M. N° 107 de 17 de febrero de 2010, el A.S. N° 243 de 19 de agosto de 2005 y la doctrina respecto al acoso laboral. Al efecto indica que el Auto de Vista recurrido estableció que en fecha 12 de agosto de 2013 “se le entrego un memorándum de cambio de funciones, empero a los minutos le piden que devuelva a través de la Secretaria de Gerencia General”, esta aseveración se basa en la transcripción automática de unas cuantas líneas extraídas de la demanda y no en elementos probatorios que cursan en obrados, toda vez que la carta de acogimiento al retiro indirecto presentada por la ex trabajadora saliente a fs. 210 del expediente, no explica ni prueba de manera objetiva cuales son los actos de hostigamiento, coacción, maltrato psicológico, humillación, discriminación y aislamiento sistemáticos reiterados y prolongados que perturbo sus labores. Así mismo en dicho auto de vista a fs. 446 considero que existió acoso laboral indicando que la “empresa con anterioridad antes de la carta de 19.08.2013 tenía conocimiento de los impases y conflictos de la actora con su inmediato superior”