Auto Supremo AS/0574/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Revisada la documental señalada, en contraste con los fundamentos del Auto de Vista al efecto,

Respecto, al primer punto, sobre el error de hecho y de derecho, como interpretación errónea de la ley, el recurrente individualiza como no valorada la prueba, abundante documental referida al memorando de reasignación de funciones, carta de acogimiento a retiro indirecto, respuesta a la misma, cartas posteriores donde se le comunica del abandono de sus funciones y de la inseguridad industrial provocada, para lo cual hace una apología de lo que fue el proceso, transcribiendo de forma reiterativa diferentes actuados procesales, como la confesión provocada, documentales cursantes en expediente, así como testificales de cargo y descargo, que desvirtuarían el pago del desahucio otorgado por el Tribunal de alzada.
Revisada la documental señalada, en contraste con los fundamentos del Auto de Vista al efecto, se evidencia que éste, valora la prueba de fs. 210, constatando que la actora el 19 de agosto de 2018, puso en conocimiento expreso de la empresa recurrente, su carta de retiro indirecto por traslado arbitrario e ilegal, hostigamiento y acoso laboral por su inmediato superior. Para lo cual realizada la revisión de antecedentes es decir la prueba cursante en obrados, se comprobó que la empresa tenía conocimiento del acoso reclamado, ya que intervino promoviendo conciliaciones internas y justificando que se trataría de falta de coordinación; sin embargo, conforme expresa el Auto de Vista impugnado existieron diferentes contradicciones que no fueron aclaradas, subsanadas o enmendadas por la empresa, como la del Memorando Interno N° 2390/2013 de 8 de agosto de 2013 de fs. 89 en la que efectivamente, no existe constancia alguna que evidencie que la trabajadora no quiso recibir el memorando de reasignación , tampoco la firma de un testigo o intervención de un Notario que evidencie aquello, convirtiéndose en una prueba unilateral, que enfrentada a lo expresado por la demandante de que el lunes 12 de agosto de 2013, le entregaron un memorando de cambio de funciones que a los minutos después le pidieron que la devuelva a través de secretaría de gerencia general, corroborado por la declaración testifical de Leslie Andrea Maldonado Torrico, quien se encontraba en ese momento en el edificio Torres Sofer, lo cual se acoja al despido indirecto. El hecho de que el demandado señala y justifique que tal memorando como no quiso recibirlo, haya perdido validez, no enerva la zozobra o angustia ocasionado al saber que su cargo estaba en disposición, así no se haya materializado tal cambio o remoción de sus servicios