Auto Supremo AS/0584/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0584/2019

Fecha: 09-Oct-2019

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3. Refiere que el Tribunal ad quem, al sostener que las autoridades administrativas no se encuentran habilitadas para crear Leyes sustantivas, desconoce lo dispuesto en el art. 115.a) del Código Procesal del Trabajo (CPT) referido a los casos en que procede Litis Consorcio, refiere: “Cuando las acciones se refieren a derechos y obligaciones comunes, se funden sobre los mismos hechos o en el mismo reglamento interno de trabajo, orden de servicio o contrato, pacto, o convenio colectivo.”, enfatizando que el Convenio entre la Confederación Sindical de Trabajadores Ferroviarios y el Gobierno Central de 28 de noviembre de 1995 corriente de fs. 96 a 98 del expediente se encuentra previsto en el adjetivo laboral; en consecuencia, incurrió en errónea interpretación del CPT