Auto Supremo AS/0584/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0584/2019

Fecha: 09-Oct-2019

4

4. Refiere que interpreta erróneamente el art. 126 del CPT, que respecto a la prescripción dispone: “La interrupción de la prescripción por la presentación de la demanda por carta del trabajador, en contra de un deudor solidario, produce el mismo efecto respecto de los demás deudores.”. Señalan que no pudo operar la prescripción de su derecho al bono de cesantía, ya que bajo la figura jurídica del Litis Consorcio, las demandas iniciadas en Santa Cruz por sus ex compañeros de trabajo en ENFE, a quienes se les otorgó ese derecho, habrían interrumpido el término de la prescripción