consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y
Respecto a la prueba de fs. 122, que es la carta de renuncia de la trabajadora, por motives estrictamente personales y "por insinuación de usted', lo que implica, según las pretensiones de la demandante, que su renuncia fue una
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consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y indirecto no modificado por el empleador, siendo el quien tiene que desvirtuar los representante legal de MULTICELL SRL, Harold Wilson Arandia Cuenca; retiro fundamentos de la acción (art. 150 del CPT), aportando las pruebas fehacientes, por el principio de inversión de la carga de la prueba, reconocido por los arts. 48.II de la CPE, 3.h) y 66 del CPT; principio que sumado al de libre apreciación de la prueba (arts. 3.j y 158 del CPT), nos lleva a concluir que la renuncia de la trabajadora fue un efecto del despido indirecto; es decir, una consecuencia del acoso laboral de su empleador, correspondiendo en consecuencia el pago del desahucio, entendido como una sanción que se impone al empleador por el despido intempestivo
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consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y indirecto no modificado por el empleador, siendo el quien tiene que desvirtuar los representante legal de MULTICELL SRL, Harold Wilson Arandia Cuenca; retiro fundamentos de la acción (art. 150 del CPT), aportando las pruebas fehacientes, por el principio de inversión de la carga de la prueba, reconocido por los arts. 48.II de la CPE, 3.h) y 66 del CPT; principio que sumado al de libre apreciación de la prueba (arts. 3.j y 158 del CPT), nos lleva a concluir que la renuncia de la trabajadora fue un efecto del despido indirecto; es decir, una consecuencia del acoso laboral de su empleador, correspondiendo en consecuencia el pago del desahucio, entendido como una sanción que se impone al empleador por el despido intempestivo
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- En consecuencia, dispuso que MULTICELL SRL pague a tercero día de ejecutoriada la Sentencia la
- Auto de Vista
- El recurso de apelación interpuesto por la empresa demandada el 12 de febrero de 2016
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACION
- Señalando que el sueldo que percibía la demandante era de Bs l
- Respecto al certificado de fs
- Detallando lo dispuesto en el art
- Desahucio
- Sostiene que las pruebas, documental de fs
- Señala que los de instancia no dieron cumplimiento a lo establecido en los arts
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia delibrando en el
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las trabajadoras para con el empleador, basada
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- El recurso de casación objeto de estudio impugna el sueldo promedio indemnizable y el pago
- Sobre el sueldo promedio indemnizable
- Efectivamente la prueba de fs
- A mayor fundamentación, se aclara que la inclusión al salario promedio indemnizable, el monto percibido
- En atención a los argumentos vertidos, se evidencia que no es
- Sobre el desahucio
- Toda vez que el pago de desahucio se encuentra relacionado con el despido intempestivo por
- En el caso concreto, la empresa recurrente sostiene que la prueba de fs
- consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y
- Partiendo de la premisa que la valoración de la prueba es incensurable en casación, debemos
- POR TANTO
- Con Costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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