POR TANTO
POR TANTO:
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribuci6n conferida por los arts. 184.1 de la Constituci6n Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 179 a 183, interpuesto por la Empresa MULTICELLSRL
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribuci6n conferida por los arts. 184.1 de la Constituci6n Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 179 a 183, interpuesto por la Empresa MULTICELLSRL
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- En consecuencia, dispuso que MULTICELL SRL pague a tercero día de ejecutoriada la Sentencia la
- Auto de Vista
- El recurso de apelación interpuesto por la empresa demandada el 12 de febrero de 2016
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACION
- Señalando que el sueldo que percibía la demandante era de Bs l
- Respecto al certificado de fs
- Detallando lo dispuesto en el art
- Desahucio
- Sostiene que las pruebas, documental de fs
- Señala que los de instancia no dieron cumplimiento a lo establecido en los arts
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia delibrando en el
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las trabajadoras para con el empleador, basada
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- El recurso de casación objeto de estudio impugna el sueldo promedio indemnizable y el pago
- Sobre el sueldo promedio indemnizable
- Efectivamente la prueba de fs
- A mayor fundamentación, se aclara que la inclusión al salario promedio indemnizable, el monto percibido
- En atención a los argumentos vertidos, se evidencia que no es
- Sobre el desahucio
- Toda vez que el pago de desahucio se encuentra relacionado con el despido intempestivo por
- En el caso concreto, la empresa recurrente sostiene que la prueba de fs
- consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y
- Partiendo de la premisa que la valoración de la prueba es incensurable en casación, debemos
- POR TANTO
- Con Costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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