I. ANTECEDENTES PROCESALES
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 587
Sucre, 22 de octubre de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES:
Expediente: 14/2019
Demandante: Paola Emma Vacaflores Galvez
Demandado: MULTICELL Sociedad de Responsabilidad Limitada
Materia: Social (Pago de Derechos Laborales y Beneficios Sociales)
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: María Cristina Diaz Sosa
VISTOS:
El Recurso de Casación en el fondo de fs. 179 a 183, interpuesto por la Empresa MULTICELL Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) a través de Geysol Leticia Ortega Escalera, apoderada del gerente general y representante legal de la empresa Harold Wilson Arandia Cuenca, contra el Auto de Vista N° 120/2018 de 31 de agosto, cursante de fs. 172 a 175, dictado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Paola Emma Vacaflores Galvez contra la empresa recurrente; el Auto de 12 de noviembre de 2018, de fs. 188, que concede el recurso; el Auto de 15 de enero de 2019, de fs. 214, que admite el recurso; antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia.
La demanda laboral de pago de derechos laborales y beneficios sociales, incoada por Paola Emma Vacaflores Galvez contra MULTICELLSRL, mereció la Sentencia N° 234/2015 de 3 de diciembre, cursante de fs.147 a 151 de obrados, dictada por el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N°4 de la Capital, en la Jurisdicci6n del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró probada en parte la demanda, en lo que respecta al pago de desahucio, indemnización, aguinaldo de navidad, aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia", vacación, bono de antigüedad, sueldo devengados de diciembre de 2014 y 5 días de enero de 2015, actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) multa del 30%; improbada en cuanto al pago de comisiones de noviembre y diciembre de 2014; e improbada la excepción perentoria de pago
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 587
Sucre, 22 de octubre de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES:
Expediente: 14/2019
Demandante: Paola Emma Vacaflores Galvez
Demandado: MULTICELL Sociedad de Responsabilidad Limitada
Materia: Social (Pago de Derechos Laborales y Beneficios Sociales)
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: María Cristina Diaz Sosa
VISTOS:
El Recurso de Casación en el fondo de fs. 179 a 183, interpuesto por la Empresa MULTICELL Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) a través de Geysol Leticia Ortega Escalera, apoderada del gerente general y representante legal de la empresa Harold Wilson Arandia Cuenca, contra el Auto de Vista N° 120/2018 de 31 de agosto, cursante de fs. 172 a 175, dictado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Paola Emma Vacaflores Galvez contra la empresa recurrente; el Auto de 12 de noviembre de 2018, de fs. 188, que concede el recurso; el Auto de 15 de enero de 2019, de fs. 214, que admite el recurso; antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia.
La demanda laboral de pago de derechos laborales y beneficios sociales, incoada por Paola Emma Vacaflores Galvez contra MULTICELLSRL, mereció la Sentencia N° 234/2015 de 3 de diciembre, cursante de fs.147 a 151 de obrados, dictada por el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social N°4 de la Capital, en la Jurisdicci6n del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró probada en parte la demanda, en lo que respecta al pago de desahucio, indemnización, aguinaldo de navidad, aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia", vacación, bono de antigüedad, sueldo devengados de diciembre de 2014 y 5 días de enero de 2015, actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) multa del 30%; improbada en cuanto al pago de comisiones de noviembre y diciembre de 2014; e improbada la excepción perentoria de pago
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- En consecuencia, dispuso que MULTICELL SRL pague a tercero día de ejecutoriada la Sentencia la
- Auto de Vista
- El recurso de apelación interpuesto por la empresa demandada el 12 de febrero de 2016
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACION
- Señalando que el sueldo que percibía la demandante era de Bs l
- Respecto al certificado de fs
- Detallando lo dispuesto en el art
- Desahucio
- Sostiene que las pruebas, documental de fs
- Señala que los de instancia no dieron cumplimiento a lo establecido en los arts
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia delibrando en el
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las trabajadoras para con el empleador, basada
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- El recurso de casación objeto de estudio impugna el sueldo promedio indemnizable y el pago
- Sobre el sueldo promedio indemnizable
- Efectivamente la prueba de fs
- A mayor fundamentación, se aclara que la inclusión al salario promedio indemnizable, el monto percibido
- En atención a los argumentos vertidos, se evidencia que no es
- Sobre el desahucio
- Toda vez que el pago de desahucio se encuentra relacionado con el despido intempestivo por
- En el caso concreto, la empresa recurrente sostiene que la prueba de fs
- consecuencia del reiterado maltrato psicol6gico recibido del gerente general y
- Partiendo de la premisa que la valoración de la prueba es incensurable en casación, debemos
- POR TANTO
- Con Costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- 6
