Auto Supremo AS/0597/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Debería considerarse los arts

Debería considerarse los arts. 32 y 35-II de la ley N° 2341, ya que no habría ninguna demanda de nulidad del contrato modificatorio N° 23/2006 y por el contrario la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando en el numeral 2 del Auto Complementario de fs. 708 refiere que el acto nunca ha sido anulado