Auto Supremo AS/0614/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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1.- Continúa señalando la recurrente, que el auto de vista impugnado, realiza una mañosa interpretación de la no existencia de una relación laboral en Bolivia entre el trabajador y la empresa demandada RESPSOL YPF Bolivia SA., omitiendo referirse a las siguientes pruebas: Contrato individual de trabajo por tiempo indefinido de 20 de enero de 2003 (fs. 5 y 7, repetida a fs. 319-321), en el cual figura la empresa demandada YPF Bolivia SA., dicho contrato fue suscrito de conformidad a los arts. 5 y 6 de la LGT, concordante con los arts. 5, 6 y 7 del DR, contrato visado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, certificado de trabajo cursante a fs. 315-318 emitidos por la empresa REPSOL YPF Bolivia SA. que acredita que trabajó en REPSOL YPF Bolivia SA., boletas de pago de sueldo por los meses de mayo, junio, julio de 2008, últimos 3 meses laborables (fs. 310 a 313). Por lo que es cierto que el contrato laboral fue elaborado con el único fin de obtener la VISA del trabajador