Auto Supremo AS/0614/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Respecto a la excedencia voluntaria solicitada por el actor, por carta de 28 de agosto

Respecto a la excedencia voluntaria solicitada por el actor, por carta de 28 de agosto de 2009 REPSOL Exploración SA., al amparo del art. 46.2 del Estatuto de los Trabajadores y recogido por el art. 17.a del Convenio Colectivo de Repsol Exploración SA., le conceden la excedencia voluntaria por 5 años. Transcurridos los 5 años y una vez solicitado el retorno, por carta de 16 de octubre de 2014 suscrita por Víctor Hugo Sese Martínez (fs. 1254 a 1255, carta legalizada por el consulado de Bolivia y Ministerio de Relaciones Exteriores) fue despedido, al respecto siendo evidente que la excedencia voluntaria, constituye una licencia sin goce de haberes, sin que signifique desvinculación laboral, la cual fue concedida el 28 de agosto de 2009, momento en que el actor ya no se encontraba en Bolivia, al haber sido repatriado a Madrid España, aclarando que reclama sus beneficios sociales del 1-11-2002 al 31-07-2008, por lo que mal puede solicitar la apoderada recurrente y justificar que no percibía remuneración por la excedencia voluntaria y que corresponde por consiguiente el pago de beneficios sociales por REPSOL Bolivia SA, cuando durante el tiempo de excedencia de 5 años, ya no se encontraba en Bolivia