Por Sentencia 23/2018 de 11 de julio, (fs
DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 23/2018 de 11 de julio, (fs. 182 a 190), pronunciada por el Juzgado de Sentencia Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se declaró a Maribel Melgar Torrico autora y culpable de la comisión del delito de Estafa agravada contenida en los arts. 335 en relación al art. 346 bis del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión
- Por memorial presentado el 25 de enero de 2019, fs
- Por Sentencia 23/2018 de 11 de julio, (fs
- Contra la mencionada Sentencia tanto la parte acusadora, fs
- La Sala en conocimiento del citado recurso, pronunció, en juicio de admisibilidad, el Auto Supremo
- En tal sentido, el recurso de casación reclama un supuesto de incongruencia en el Auto
- Por memorial de fs
- La resolución del citado recurso estuvo a cargo de la Sala Penal Segunda del Tribunal
- III.1. III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales
- Las resoluciones para su validez y eficacia, deben ser debidamente fundamentadas y motivadas, debiendo entenderse
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar,
- En cuanto al principio de congruencia, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de marzo, señaló: “Entendido
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- III.2. Sobre la facultad del Tribunal de alzada contenida en el art. 414 del CPP
- Así los arts
- Debe agregarse que la fundamentación es una exigencia inexcusable tanto para que el condenado sepa
- “La determinación judicial de la pena que comprende todo el procedimiento; es decir, la evaluación,
- En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
- Por lo expuesto, se concluye que el art
- Por Sentencia 23/2018 de 11 de julio, se condenó a la recurrente a la pena
- Si bien la doctrina y jurisprudencia fomentan de manera pareja una serie de cualificaciones para
- Ahora bien, lo descrito en el párrafo que precede sirve como base para afirmar que
- Resulta que el Tribunal de apelación no justificó adecuadamente por qué consideró ‘leve’, la sanción
- Debe añadirse que resulta evidente que la norma faculta al Juez o Tribunal modificar la
- Finalizar señalando que, resulta inaceptable que al momento de aplicar la consecuencia del ilícito pueda
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
