Auto Supremo AS/0894/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0894/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

reemplazada por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de


III.1. La previsión contenida en el art. 124 del CPP

El art. 124 del CPP, dispone que las sentencias y autos interlocutorios estén fundamentados, es decir expresen los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba. De igual forma, aclara la misma disposición legal que la fundamentación no puede ser
reemplazada por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes. Del análisis del contenido del precepto se puede establecer que el mismo no es más que la concretización de uno de los elementos esenciales del debido proceso como es la debida fundamentación y motivación que se constituye un deber de los jueces de modo tal que sus resoluciones contengan en primer lugar, los elementos y razones de juicio que permitan conocer cuáles han sido los criterios jurídicos esenciales fundamentadores de su decisión, es decir la ratio decidendi que ha determinado aquella solución asumida, y en segundo lugar, una fundamentación en derecho