Auto Supremo AS/0896/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

Al respecto, es advertible que la Resolución de alzada inicialmente hace una amplia rememoración de

Reclama el recurrente que el Auto de Vista impugnado a tiempo de extrañar la fundamentación necesaria de la Sentencia debió efectuar un análisis fundamentado; asimismo, señala que dicha Resolución establece que la apelación restringida adolece de defecto de forma; empero, de manera contradictoria el Tribunal de alzada desdice lo señalado dando por fundado el defecto acusado. Finalmente reclama el recurrente que la Resolución impugnada no abarca de manera completa los hechos y el derecho, al señalar un solo hecho -entrega de montos de dinero-; indica también, que existe la vulneración de derechos y garantías sin explicitar cuales o como aconteció dicho quebrantamiento.
Al respecto, es advertible que la Resolución de alzada inicialmente hace una amplia rememoración de los defectos de Sentencia contenidos en los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP denunciados por ambas procesadas, luego las consideraciones respectivas de la contestación a dicho recurso por parte de la acusadora particular; finalmente, en el apartado II del Auto de Vista recurrido, como primer acápite cita previsiones legales respecto al recurso de apelación restringida, ya en el aparatado 2, desarrolla en sí las respuestas a los agravios acusados