Auto Supremo AS/0896/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

Por último, del defecto de Sentencia incurso en el inc

Por último, del defecto de Sentencia incurso en el inc. 6) del art. 370 del CPP, luego de citar doctrina contenida en el precedente invocado -Auto Supremo 30 de 26 de enero de 2017- en cuanto a la atribución privativa del Juez o Tribunal de origen respecto a la valoración de prueba, nuevamente observa el Tribunal de alzada que las recurrentes no precisan cuál supuesto es el reclamado respecto al defecto señalado; sin embargo, señala que: “del fallo impugnado se puede advertir que se hace una relación de los elementos de prueba consistentes en documentales y testificales de cargo y de descargo, no se tiene observada las reglas de la experiencia común, psicología, lógica, consistente en la regla de identidad, de contradicción, realizando una operación armónica e integral delas pruebas en su conjunto, justificando y fundamentando las razones por la cuales otorga a las pruebas un determinado valor de convicción, limitando su razonamiento únicamente al hecho de que la querellante otorgo montos de dinero a las acusadas y que no existiría aquel negocio acordado entre ambas partes; de modo que existe vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales como las mencionadas por los recurrentes.” (sic)