Auto Supremo AS/0918/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0918/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

Afirman que, en ambos tipos penales debió tomarse en cuenta el perjuicio causado o actuar


Afirman que, en ambos tipos penales debió tomarse en cuenta el perjuicio causado o actuar mal intencionado o dañoso del sujeto activo, hecho que el Tribunal de alzada no valoró y por consiguiente habría aplicado erróneamente los tipos penales al presente caso, o sea, que los supuestos hechos delictivos no habrían sido subsumidos en la norma sustantiva penal y al no haber causado perjuicio a nadie no hay delito, porque se requería una consecuencia material de la conducta, en el caso, al encontrarse el inmueble en posesión de la acusadora y al haberse anulado obrados en proceso civil de Usucapión, afirman no existir delito