Auto Supremo AS/0918/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0918/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios


Por diligencias de 31 de julio de 2019 (fs. 536) y 14 de agosto de 2019 (fs. 540), los recurrentes fueron notificados con el referido Auto de Vista y su Complementario; y, el 21 del mismo mes y año, interpusieron el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios:

Manifestando existir en el Auto de Vista recurrido en el punto 3.2 capítulo VII (Conclusiones, Fundamentación y Análisis del Caso Concreto), errónea aplicación de los arts. 199 y 203 en relación al art. 14, todos del CP, transcribiendo lo pertinente del punto, los recurrentes acusan que el Tribunal de alzada erróneamente habría forzado la idea de que el daño se traduce en los gastos anteriores que realizó la víctima antes del hecho ilícito, sin mencionar cual habría sido el daño inmediato, directo, actual y cierto del Uso de Instrumento Falsificado, incurriendo en exceso en la apreciación de las pruebas con respecto a la demanda de Usucapión y del Interdicto de Recobrar la Posesión para calificar la punibilidad del uso de instrumento, lo que en su criterio constituye errónea aplicación del art. 203 del CP, al no haber concurrido los elementos constitutivos del daño en el tipo que se acusó y en consecuencia no existiría el delito; con relación a la aplicación del art. 14 del CPP, refieren que, cuando un sujeto activo comete un tipo penal debe existir una actuación malintencionada (dolosa), pero ese actuar debe estar valorado en relación a otro elemento constitutivo sine quanon que es el perjuicio o daño; lo propio habría ocurrido para el delito incurso en el art. 199 del CP