iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal, para que a partir de ello, este Tribunal de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art. 419 del CPP), sin que pueda considerarse a este medio de impugnación una nueva oportunidad de revisión del fallo de mérito.
iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la Sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- Por memoriales presentados el 2 y 10 de septiembre de 2019, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificadas las partes recurrentes con el referido Auto de Vista y su complementario, el 3
- Los recurrentes, haciendo alusión a los presupuestos de flexibilización y la procedencia del recurso de
- Denuncia incongruencia externa del Auto de Vista impugnado, considerando que el Auto Supremo 1033/2018-RRC de
- II.2. Del Recurso de Casación de Marco Antonio Fuentes Cruz
- Aduce que si el Auto de Vista impugnado consideraba que sobre la condena de Ronald
- De la revisión del Auto de Vista impugnado, se establece que el Tribunal de alzada
- Denuncia defecto absoluto por vulneración al principio de igualdad de las partes de acuerdo a
- Invoca a su vez los Autos Supremos 225/2013-RA de 9 de septiembre y 234/2012 de
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- IV.1. Del Recurso de Casación del Ministerio Público
- El Ministerio Público, denuncia incongruencia externa del Auto de Vista impugnado, considerando que el Auto
- También se constata que la parte recurrente invocó el Auto Supremo 526/2017 de 17 de
- Asimismo, el recurrente invocó los Autos Supremos 149/2008 de 6 de junio y 207 de
- Finalmente, el recurrente alegó falta de cumplimiento a lo establecido por el Auto Supremo 1033/2018-RRC
- IV.2. Del Recurso de Marco Antonio Fuentes Cruz
- El recurrente aduce como primer motivo que el Auto de Vista impugnado si consideraba la
- El recurrente, si bien invoca el Auto Supremo 1033/2018-RRC de 23 de noviembre, únicamente lo
- Como segundo motivo, alega defecto absoluto por vulneración al principio de igualdad de las partes
- Finalmente, el recurrente también hizo invocación de los Autos Supremos 225/2013-RA de 9 de septiembre
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
