Auto Supremo AS/0963/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0963/2019-RRC

Fecha: 17-Oct-2019

El segundo precedente invocado -Auto Supremo 196/2005 de 3 de junio-, fue emitido dentro del


El segundo precedente invocado -Auto Supremo 196/2005 de 3 de junio-, fue emitido dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otra contra Rosendo Villca Huata, por la comisión del ilícito de Lesiones Leves, en el cual se constató que el Tribunal de alzada contravino la doctrina referida a la facultad privativa del Juez o Tribunal de Sentencia en cuanto a la apreciación de la prueba, estableciendo como doctrina legal aplicable la siguiente:
“Que, la facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de Sentencia, quien al dirigir el juicio oral y recibir la prueba, adquiere convicción a través de la apreciación de los elementos y medios de prueba; convicción que se traduce en el fundamento de la sentencia que lleva el sello de la coherencia y las reglas de la lógica; consiguientemente, el Tribunal de Alzada en caso de revalorizar la prueba, dicho acto convierte en defecto absoluto contemplado en el artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal; por haber aplicado el artículo 173 contradiciendo al Auto de Vista Nº 45 de 7 de septiembre de 2004 pronunciado por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial; situación que además contradice la línea jurisprudencial trazada por el Tribunal de Casación; donde se indica que el Juez o Tribunal de Sentencia tiene la facultad de valorar la prueba y no así el Tribunal de apelación como ocurrió en el sub lite