Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0963/2019-RRC
Fecha: 17-Oct-2019
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Por memorial presentado el 6 de febrero de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia de 20 de noviembre de 2012 (fs
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Contra la referida Sentencia, la imputada Norma Aracely Vásquez Marza (fs
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I.1.1.Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 368/2019-RA de16 de mayo, se extrae
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Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada al señalar que el Juez de Sentencia
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Solicita el recurrente que deliberando en el fondo, este Tribunal deje sin efecto el Auto
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Mediante Auto Supremo 368/2019-RA de 16 de mayo, este Tribunal admitió el recurso de casación
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
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Apropiación indebida de altos montos de dinero por parte de la procesada, aprovechando su condición
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II.2.De la Sentencia
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La acusada se apropió de dineros en forma indebida, sin estar debidamente autorizada para dicho
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La acusación no produjo prueba respecto a los montos de dinero supuestamente apropiados por la
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Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
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Clarificada la problemática traída en casación, a fin de un mejor entendimiento en cuanto al
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III.1. Del análisis de los precedentes contradictorios
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A efectos de fundamentar la problemática traída en casación, el recurrente invocó como contradictorios los
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El segundo precedente invocado -Auto Supremo 196/2005 de 3 de junio-, fue emitido dentro del
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Que la Sala Penal Primera de la R
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El último precedente citado –Auto Supremo 014/2013 de 6 de febrero-, fue dictado dentro del
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Aquellas expresiones y la exposición de las razones que hacen a la decisión asumida permitirá
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Es así que, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
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Advertida la similitud entre las problemáticas inherentes a los precedentes invocados y la del motivo
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III.1. Del análisis del caso concreto
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Recapitulando, el recurrente trae como motivo de casación, la denuncia de falta de fundamentación del
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Así se tiene que, en el caso de autos la imputada Norma Aracely Vásquez Marza
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En atención ello, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba mediante
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Asimismo, el Tribunal de apelación señaló que el de mérito no absolvió fundadamente todos los
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En este punto, es menester traer a colación que este máximo Tribunal en reiteradas oportunidades
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Los arts
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Ahora bien, de lo acusado y resuelto en alzada, esta Sala considera que el Tribunal
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Sin embargo, también se advierte que la Sala de apelación a tiempo de otorgar las
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Es decir, si sobre la prueba cuestionada con referencia a los hechos, el inferior emitió
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Por los motivos anotados previamente, la Resolución del Auto de Vista resulta contraria a la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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