VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1043/2019-RA
Fecha: 9 de octubre de 2019
Expediente:SC-111-19-S
Partes: Jesús Torrico Villagra y Martha Marfa Rojas de Torrico c/ David Bello
Parada y otros
Proceso: Mejor derecho propietario y cancelación de registros en Derechos
Reales.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 791 a 798, interpuesto por David Bello Parada representado legalmente por Dina Vaca Suarez contra el Auto de Vista N° 31/2019 de 16 de mayo, cursante de fs. 787 a 788 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de mejor derecho propietario y cancelación de registros en Derechos Reales, seguido por Jesús Torrico Villagra y Martha Marfa Rojas de Torrico contra el recurrente y otros, la contestación al recurso de fs. 806 a 812, el Auto de Concesión de 04 de septiembre de 2019 a fs. 813, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1043/2019-RA
Fecha: 9 de octubre de 2019
Expediente:SC-111-19-S
Partes: Jesús Torrico Villagra y Martha Marfa Rojas de Torrico c/ David Bello
Parada y otros
Proceso: Mejor derecho propietario y cancelación de registros en Derechos
Reales.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 791 a 798, interpuesto por David Bello Parada representado legalmente por Dina Vaca Suarez contra el Auto de Vista N° 31/2019 de 16 de mayo, cursante de fs. 787 a 788 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de mejor derecho propietario y cancelación de registros en Derechos Reales, seguido por Jesús Torrico Villagra y Martha Marfa Rojas de Torrico contra el recurrente y otros, la contestación al recurso de fs. 806 a 812, el Auto de Concesión de 04 de septiembre de 2019 a fs. 813, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 31/2019 de 16 de mayo de 2019 cursante
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Auto de Vista no cumplió con lo establecido por el art
- c) Que tanto la Juez A quo como el Tribunal de alzada no realizaron una
- d)Que el Auto de Vista además de violentar derechos fundamentales y garantías constitucionales, también vulnera
- Solicitó se dicte un Auto Supremo que case el Auto de Vista recurrido
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
