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    Auto Supremo AS/1075/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1075/2019

    Fecha: 22-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Medrano, Oscar
    • Proceso: Nulidad de documento y otros
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    • Resolución de segunda instancia, que generó el recurso de casación del demandante, mismo que pasa
    • CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Del recurso de casación de Félix Canllavi Rodríguez, se extractan los siguientes reclamos
    • Solicitó fallar CASANDO el Auto de Vista y por consiguiente declare probada la demanda
    • Los codemandados refirieron en su respuesta que el demandante en el recurso de casación manifiesta
    • En esa relación defendió el Auto de Vista recurrido, estableciendo que dicha resolución, utilizó las
    • En ese sentido el recurso de casación no tiene asidero legal toda vez que la
    • Respecto a la interpretación del documento aclarativo de 12 de agosto de 2005, refirieron que,
    • Expresaron también que el recurso de casación es defectuoso y no hace una valoración en
    • Petitorio
    • Solicitaron se declare infundado el recurso de casación
    • III.1. Sobre la publicidad de los Derechos Reales
    • En ese orden de ideas, la norma contenida en el art
    • De la variedad de principios propuestos por la literatura, conviene precisar nuestro análisis en aquellos
    • A ello resulta adecuado añadir lo descrito por el “principio de legitimación registral”, que en
    • Toda esta descripción, nos permite comprender, que sin duda lo preceptuado por el art
    • La acción de nulidad está regulada por el art
    • En este entendido se debe precisar que del análisis del art
    • Al respecto, en lo que concierne a la causa ilícita, el Auto Supremo N° 518/2014
    • De lo expuesto se desprende que todo documento registrable tiene el respaldo del registro en
    • Del análisis al caso concreto cursa documento a fs
    • Por lo cual, los actuales propietarios adquirieron el inmueble con desconocimiento del acuerdo establecido en
    • Con base en ello, tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III
    • Al respecto, si bien es evidente el error acusado, dicha imprecisión de escritura no amerita
    • Sobre ello, cabe menciona jurisprudencia alusiva, así el Auto Supremo 311/2013 de 17 de junio,
    • De ello, se deduce que la causa es lícita cuando es conforme al orden público
    • De lo extractado, se observa claramente que, en el caso concreto tanto la primera transferencia,
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Con costas y costos
    • Se regula honorario profesional en la suma de bs
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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