Auto Supremo AS/1075/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1075/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Con base en ello, tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III

Con base en ello, tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III.1 de la doctrina aplicable en la presente Resolución, dicho contradocumento privado al no estar registrado en Derechos Reales, no es considerado como un instrumento válido para ser oponible a terceros, y siendo que dicho contrato es un documento que modifica y limita un derecho real no inscrito, debe aplicarse necesariamente el art. 1538 del CC, esto es que en este caso, cualquier acuerdo de partes no afecta los derechos adquiridos por terceros