En lo que respecta a las objeciones del informe pericial de fs
En lo que respecta a las objeciones del informe pericial de fs. 147 a 168, la demandante señala que el perito no fue presentado por su parte, sino que habría sido designado de oficio por el juez de la causa; consecuentemente dicho informe resultaría ser imparcial, resaltando que la objeción presentada por contrario estaría fuera del término previsto por ley, misma que debió ser formulada en el plazo de tres días de su legal notificación y no de seis como lo hizo la recurrente
- Expediente: SC-158-16-S
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1
- 3
- En el fondo
- Por todo lo expuesto y en aplicación del art
- De la respuesta al recurso de casación
- Blanca Manuela Valdez Panoso, en representación legal de Remberto Ulloa Sandoval por memorial de fs
- En lo que respecta a las objeciones del informe pericial de fs
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, señala que la ubicación de los
- CONSIDERANDO III
- En ese mismo sentido se orientó en el Auto Supremo Nº 648/2013 que: “La interpretación
- CONSIDERANDO IV
- La recurrente no manifestó ningún tipo de objeción o cuestionamiento en forma oportuna respecto a
- En función al agravio e ingresando al análisis, el art
- En ese margen, cuando un propietario transmite un mismo inmueble a dos personas diferentes, la
- Determinado lo anterior, corresponde ponderar los derechos de propiedad de ambos contendientes en función a
- En ese margen, atendiendo la interpretación del art
- Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación son suficientes para revertir la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
