CONSIDERANDO III
Los destinatarios de la pretensión contestaron al recurso de casación manifestando que el auto de vista al haber revocado la sentencia, se enmarcó en la ley, porque la demandante y su madre fueron condenadas por la falsificación del poder especial con el que se apropiaron de su inmueble, objeto de reivindicación, y que no se advierte agravio alguno que amerite infracción de la ley.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. La prueba documental y su racionalidad
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. La prueba documental y su racionalidad
- Auto Supremo: 1145/2019
- Partes: Ninoska del Carmen Martínez Galindo c/ Agustina Huallco Quispe de Mamani y Porfirio Mamani
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO II
- Señaló que el presente proceso trata de una acción reivindicatoria que es diferente a la
- Arguyó que, conforme a los antecedentes del proceso, la parte demandada no accionó ningún trámite
- II.1 Contestación
- CONSIDERANDO III
- e) Todos los hechos relativos a la constancia documentada en el archivo de la oficina
- CONSIDERANDO IV
- 2
- Al respecto según el art
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil,
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
