Auto Supremo AS/0717/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2019

Fecha: 29-Nov-2019

De acuerdo a las consideraciones desarrolladas en los párrafos que preceden, cabe manifestar que el

De acuerdo a las consideraciones desarrolladas en los párrafos que preceden, cabe manifestar que el recurso de casación interpuesto por la entidad coactivante, carece de técnica recursiva, realizando únicamente un resumen de los antecedentes acontecidos durante la tramitación del presente proceso, no precisó en qué forma o medida se hubiese vulnerado el debido proceso, la seguridad jurídica, así como no especificó cual la ley o leyes infringidas, erróneamente o mal interpretadas y/o aplicadas por el Tribunal de Alzada; así mismo, interpuso recurso de casación en el fondo, más no conoce la diferencia entre la interposición de un recurso “en el fondo” con otro “en la forma”, la naturaleza y el fin buscado, como también las formas de resolución en cada uno de ellos, conforme se advierte líneas antes del petitorio del recurso interpuesto, puesto que, solicitó la nulidad de la Resolución de Alzada por falta de motivación y fundamentación en el auto de vista recurrido, siendo tal reclamo un aspecto de forma (ver fs. 1736 vlta.) y sin embargo, en el petitorio alternativamente pidió se case el fallo recurrido, en atención a la vulneración de la garantía jurisdiccional del debido proceso y el principio de la seguridad jurídica, así como la vulneración de las normas procesales de orden público e infracción a la ley, al haberse omitido e ignorado las normas concretas que debieron sustentar al auto de vista