Auto Supremo AS/0717/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2019

Fecha: 29-Nov-2019

En el presente acápite ponen en conocimiento de las autoridades judiciales que, mediante Decreto Supremo

En el presente acápite ponen en conocimiento de las autoridades judiciales que, mediante Decreto Supremo Nº 1275 de 29 de junio de 2012, en su art. 1 señala: “Se amplía la vigencia del Servicio Nacional de Caminos Residual hasta el 31 de diciembre de 2012” y que el referido marco normativo en su art. 3, prescribe de forma categórica que el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, tendrá la representación legal para la defensa y patrocinio legal a partir del 01 de enero de 2013, de todos los procesos judiciales en los que sea parte el Servicio Nacional de Caminos Residual, a fin de dar cumplimiento a las obligaciones y derechos emergentes de los procesos judiciales, en mérito a lo expuesto interponen recurso de casación en el fondo contra el auto de vista antes citado, conforme a las previsiones de los arts. 250, 252, 253, 255, 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil, por existir violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, siendo las infracciones las siguientes:
I.3.3. Fundamentos del recurso en cuanto al fondo