Auto Supremo AS/0717/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2019

Fecha: 29-Nov-2019

En el caso que nos ocupa, se interpuso el recurso de casación en el fondo

En el caso que nos ocupa, se interpuso el recurso de casación en el fondo de fs. 1733 a 1737 del expediente contra el Auto de Vista Nº 071/2018 SSA.II de 31 de agosto de 2018, conforme a las previsiones contenidas en los artículos 250 p. I, 252, 253 núm. 1) y 3), 255, 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil, por existir violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, artículos referidos a la procedencia del recurso, nulidad de oficio, fondo del recurso, resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación, el plazo para interponer dicho recurso y los requisitos que debe contener todo recurso de casación, en cuyo petitorio citó también los arts. 270 y 271 de la misma normativa, es decir, la parte recurrente al interponer el recurso de casación en el fondo mencionado al exordio, se amparó en citas legales que corresponden al Código de Procedimiento Civil de 1975, mismo que a la fecha de presentación del recurso “25 de enero de 2019” se encontraban derogadas, estando en actual vigencia la Ley No. 439, de 19 de noviembre de 2013, que regula el recurso de casación en su Capitulo Cuarto a partir del art. 270 y siguientes, normativa en la cual debió ampararse el recurrente al momento de hacer uso de este derecho que le franquea la ley, como es el recurso de casación, empero no lo hizo, equivocando el camino al acogerse a una ley que se encuentra derogada; en consecuencia, y en atención a cada uno de los argumentos expuestos en el presente acápite, éste Tribunal se ve imposibilitado de abrir su competencia e ingresar a resolver el fondo del mencionado recurso de casación