Habiendo PIL CHUQUISACA presentado recurso de apelación de fs
Indemnización
Bs. 103.390,56
Desahucio
Bs. 26.535,60
Aguinaldo
Bs. 10.712,52
Vacación: 34,67
Bs. 10,222,10
Pago parcial
Bs. 70.000
PAGO TOTAL
Bs. 80.860,78
Auto de Vista.
Habiendo PIL CHUQUISACA presentado recurso de apelación de fs. 98 a 99 vta., contra la referida sentencia; respuesta al mismo de fs. 102 a 103, concedido el mismo a fs. 103 vta.; en ese contexto la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció el Auto de Vista Nº 181/19 de 28 de marzo, cursante de fs.110 a 111, que confirma en su totalidad la sentencia impugnada con costas
- I.ANTECEDENTES PROCESALES
- Presentado el proceso de
- Habiendo PIL CHUQUISACA presentado recurso de apelación de fs
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN Y PETITORIO
- Acusa que el auto de vista recurrido en el fundamento de su resolución sobre el
- Tampoco el Auto de Vista recurrido tomaría en cuenta el contrato de comodato del celular
- Por otra parte, la resolución de segunda instancia vulneraría el art
- Finalmente señala que no se ha aplicado de forma correcta la libre apreciación de la
- Petitorio
- Pide que, culminado el trámite de rigor, se dicte nueva resolución y se case el
- III. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
- tipos de errores: error in jundicando o error in procedendo
- Al respecto, de inicio se debe precisar que el principio de inversión de la prueba,
- De los antecedentes del proceso y de la referida Nota de 8 de agosto no
- En cuanto a que no se habría aplicado de forma correcta la libre apreciación de
- De lo señalado se advierte que, dentro del proceso laboral, el juzgador posee plena libertad
- Finalmente se debe precisar que el recurrente persigue una nueva valoración y compulsa de las
- Por lo referido, se evidencia que el auto de vista se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
