Auto Supremo AS/0725/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0725/2019

Fecha: 29-Nov-2019

Respecto a la fundamentación de este punto, debemos indicar que el art

Respecto a la fundamentación de este punto, debemos indicar que el art. 274, parágrafo I, numeral 3 de la Ley 439, indica que el recurrente debe expresar claramente la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, lo que en el presente punto, no se da ya que la recurrente se limita a exponer su inconformidad, sin indicar cuál es la infracción, de lo que se establece que no existe infracción alguna