Auto Supremo AS/0742/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2019

Fecha: 29-Nov-2019

En definitiva, como se tiene expuesto supra, el remedio jurídico que corresponde ante la eventualidad

En definitiva, como se tiene expuesto supra, el remedio jurídico que corresponde ante la eventualidad de haberse vulnerado los citados dispositivos procesales, resulta siendo la nulidad de obrados, mas no la casación, por cuanto, se reitera, para el caso de hacer cabida a la casación, éste Tribunal tendría que aplicar dichas normas para resolver el problema jurídico controvertido: la indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo sueldo, lo que resultaría en un despropósito, a mérito que la desvinculación laboral tiene como efecto jurídico sustancial el pago del desahucio y la indemnización, institutos que se encuentran regulados por los arts. 12 y 13 en relación con el art. 16 todos de la LGT, los que en todo caso, de existir algún vicio en la operación racional de los de instancia, tendrían que ser considerados y aplicados para resolver el derecho subjetivo controvertido