Un auto interlocutorio, es una resolución judicial que resolverá cuestiones accesorias al proceso principal, que
“Una vez cumplidos los actos dispuestos por el Juez ó Jueza, se citará al Coactivado con la Demanda y Sentencia, quien dentro del plazo fatal de cinco (5) días a partir de la Citación podrá oponer solamente las excepciones de, pago documentado, inexistencia de obligación de pago e incompetencia”.
4. En el caso de autos, contra la sentencia emitida por la autoridad judicial de primera instancia, SERPETBOL LTDA, por escrito de fs. 187 a 188 y vta., el 15 de marzo de 2016, interpuso excepción de pago documentado, respecto de los aportes correspondientes a los periodos de Mayo, Junio, Julio y Agosto de 2015, que fue resuelta por Auto Interlocutorio Nº 613/2016, cursante a fs. 507 y vta., declarando: “PROBADA la excepción de pago documentado planteada a fs. 187 a 188 por SERPETBOL SRL, por los meses de mayo a agosto 2015, correspondiendo continuarse con la ejecución del saldo del título coactivo. Sin costas”
Coherentes con la estructura procesal de esta clase de demandas, se asume que a partir de este actuado, se está en etapa de ejecución de sentencia, consiguientemente los dos autos cursantes a fs. 1555 y vta. y fs. 1596 y vta., se emitieron –reiteramos- en etapa de ejecución de sentencia y por su contenido obviamente son autos interlocutorios y no autos definitivos.
Un auto interlocutorio, es una resolución judicial que resolverá cuestiones accesorias al proceso principal, que se tramitarán en el transcurso del mismo, es decir que si bien constituye, niega o modifica una pretensión, no resuelve la pretensión de fondo y tampoco pone fin a la causa” (art. 210 CPC)
4. En el caso de autos, contra la sentencia emitida por la autoridad judicial de primera instancia, SERPETBOL LTDA, por escrito de fs. 187 a 188 y vta., el 15 de marzo de 2016, interpuso excepción de pago documentado, respecto de los aportes correspondientes a los periodos de Mayo, Junio, Julio y Agosto de 2015, que fue resuelta por Auto Interlocutorio Nº 613/2016, cursante a fs. 507 y vta., declarando: “PROBADA la excepción de pago documentado planteada a fs. 187 a 188 por SERPETBOL SRL, por los meses de mayo a agosto 2015, correspondiendo continuarse con la ejecución del saldo del título coactivo. Sin costas”
Coherentes con la estructura procesal de esta clase de demandas, se asume que a partir de este actuado, se está en etapa de ejecución de sentencia, consiguientemente los dos autos cursantes a fs. 1555 y vta. y fs. 1596 y vta., se emitieron –reiteramos- en etapa de ejecución de sentencia y por su contenido obviamente son autos interlocutorios y no autos definitivos.
Un auto interlocutorio, es una resolución judicial que resolverá cuestiones accesorias al proceso principal, que se tramitarán en el transcurso del mismo, es decir que si bien constituye, niega o modifica una pretensión, no resuelve la pretensión de fondo y tampoco pone fin a la causa” (art. 210 CPC)
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el representante de la Empresa Servicios Petroleros Bolivianos
- En la parte considerativa de esta resolución judicial, se precisa que existiría un saldo adeudado
- 4
- La Juez a quo, en fecha 6 de septiembre de 2018, emitió el Auto Nº
- II.1. Consideraciones previas
- A su vez el art
- El primer proceso coactivo social, se encuentra regulado y previsto por el art
- Contra esta resolución, procede el recurso de apelación, que debe ser resuelto por la Sala
- Respecto del segundo proceso coactivo social, referido a las cotizaciones a la Seguridad Social de
- Los referidos preceptos legales, establecen que procederá la demanda coactiva social, cuando se persiga el
- Se considerará como Título Coactivo, la Nota de Débito emitida por la Gestora Pública de
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- “El Juez ó Jueza del Trabajo y Seguridad Social, quien, después de analizar la fuerza
- Un auto interlocutorio, es una resolución judicial que resolverá cuestiones accesorias al proceso principal, que
- En cambio, un auto definitivo y una sentencia se asemejan en cuanto a su alcance
- En cumplimiento del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
