Auto Supremo AS/0750/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0750/2019

Fecha: 29-Nov-2019

En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que

De la lectura del último punto, se tiene que no cumple con los dispuesto por el art. 274, parágrafo I numeral 3 del CPC, pues no expresa de manera clara y precisa cuales fueron las nomas vulneradas o infringidas por el Ad quem, tampoco de qué manera fue que el tribunal de alzada infringió la norma, limitándose a indicar que la Juez A quo, obro correctamente; de lo que se establece, que no existe infracción alguna.
En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación de normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley al revocar la sentencia de primera instancia, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el parágrafo II del artículo 220 del Código Procesal Civil