Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0778/2019
Fecha: 29-Nov-2019
I.1.1.- SENTENCIA
I.1.1.- SENTENCIA
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CONSIDERANDO I
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I.1.1.- SENTENCIA
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Que, tramitado el proceso coactivo social, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social
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Presentado el memorial de solicitud de complementación y aclaración de fojas 80 y vuelta, la
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I.1.2.- AUTO DE VISTA
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En grado de apelación, recurso deducido por la empresa demandada, por Auto de Vista Nº
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Interpuesto el recurso de casación en el fondo de fojas 193 a 194, por la
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A continuación, promovido incidente de nulidad, a través del memorial de fojas 265 a 270,
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Por lo anterior, reconducido el proceso, habiendo sido presentado el recurso de casación en el
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En observancia de lo dispuesto por el auto supremo indicado, la Sala Primera en Materia
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I.2.- RECURSO DE CASACIÓN
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Que, contra el Auto de Vista N° 138/2018 de 3 de octubre (fojas 310 y
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I.2.1.- ARGUMENTOS DEL RECURSO
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a) Argumentó que el tribunal de alzada omitió pronunciarse de forma clara, expresa y fundamentada
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Que, en virtud de lo señalado, se vulneró el derecho de la empresa recurrente al
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b) En este punto acusó la falta de fundamentación jurídica congruente bajo el criterio de
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I.3.- PETITORIO
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Concluyó el memorial solicitando a este Supremo Tribunal de Justicia, pronuncie auto supremo casando el
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CONSIDERANDO II
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En relación con la afirmación en sentido que el tribunal de alzada omitió pronunciarse de
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Más adelante, el auto de vista cuestionado, señala: “… se tiene que dada la pertinencia
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Es decir, que por mandato legal, en aplicación del principio de congruencia, el tribunal de
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En consecuencia, la interpretación de la disposición citada, orienta en sentido que se trata de
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Por la fundamentación expuesta, no es evidente que el tribunal de alzada, al emitir el
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El juez de primera instancia desarrolló el proceso en apego a lo que disponen las
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Finalmente, no es evidente que el auto de vista impugnado sea un discurso banal, incongruente
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Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
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Sin costas en todo el proceso, en aplicación del artículo 39 de la Ley N°
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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