I. 1. Antecedentes del proceso
VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 779 a 782, interpuesto por Billy German Blacutt Vásquez, representante legal de Fernando Julio Vargas Calvimonte y otros, contra el Auto de Vista AV-SECCASA 23/2019 de 11 de marzo, cursante de fs. 775 a 777, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contencioso Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso laboral seguido por Fernando Julio Vargas Calvimontes y otros, contra la Empresa Minera Inti Raymi S.A., la respuesta de fs. 787 a 791 vta., el Auto de fs. 798 que concedió el recurso, el Auto Nº 127/2019-A de 18 de abril de fs. 800 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por la parte demandante, cursante de fs
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- En la sentencia se transcribió parte del memorial de la demanda donde da a entender
- De la inobservancia al principio de inversión de prueba, el art
- Petitorio
- Empresa Minera Inti Raymi S
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- El fundamento principal y el objeto de la Litis que se analiza y que el
- A lo que respecta la valoración de la prueba, referente a la confesión provocada, establecido
- Respecto a la prima, esta se entiende como la participación legal de las utilidades de
- Sobre la desvinculación laboral, manifestamos que los demandantes por su propia voluntad terminaron la relación
- Bajo estas premisas, se concluye que al no ser evidentes las infracciones acusadas en el
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
