Otro elemento que es relevante destacar, es que a partir del 7 de febrero de
Otro elemento que es relevante destacar, es que a partir del 7 de febrero de 2009 se pone en vigencia la Constitución Política del Estado, en cuyo texto se encuentran varias disposiciones vinculadas a la conciliación, respecto a las cuales el Abogado Tarifa Foronda Cristian, en su libro “Conciliación Mediación en el Derecho Boliviano”, en las páginas 33 a 35, desarrolla el instituto de la Conciliación en el texto constitucional, señalando que: “La Constitución Política del Estado en su art. 1 establece que ‘Bolivia se funda en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico’… indicando que El pluralismo jurídico implica que en el interior del Estado coexiste más de un régimen jurídico que en nuestro caso es el derecho usual con el que estamos familiarizados. Si bien es cierto que el pluralismo jurídico fue incorporado en la Constitución Política para dar legalidad a la Justicia Comunitaria, no es menos cierto que no sólo la conciliación, sino todos los medios alternos de solución de controversias pueden ser incluidos en el denominado pluralismo jurídico ya que la Conciliación extrajudicial y el arbitraje (para citar los más importantes)… Del mismo modo expresa que la CPE en su art. 8 primer párrafo refiere que ‘El Estado asume y promueve como principio ético-moral de la sociedad plural el principio del: …ñandereko (vida armoniosa)… principio que indica que el Estado Boliviano privilegia la solución dialogada y concertada por encima del pleito y la controversia… asimismo la Carta magna en su art. 108 núm.k 4 establece el deber de: ‘Defender, promover y contribuir al derecho a la paz y fomentar la cultura de paz”
- El imputado señala de manera concreta en el apartado “V
- Adjunta a tal efecto de fs
- Mediante providencia de 9 de agosto de 2019, conforme a lo dispuesto por el art
- Opuesta por el imputado la excepción encaminada a la extinción de la acción penal, corresponde
- En el caso de Autos, se advierte que como emergencia de la formulación de recurso
- Cabe añadir que la incorporación de estos institutos procesales fue una decisión político criminal, adoptada
- “(…) Como excepción al principio de legalidad referido se tiene el principio de oportunidad según
- “(…) Como emergencia de la aplicación del principio de oportunidad referido, están las salidas alternativas,
- De manera particular, la conciliación es una salida alternativa al juicio ordinario, consistente en resolver
- Es importante destacar que la conciliación constituye una de las formas útiles de solución del
- Este mecanismo procesal inicialmente fue incorporado por el art
- Es decir, de dichas normas el CPP al enumerar las causas de extinción de la
- Otro elemento que es relevante destacar, es que a partir del 7 de febrero de
- Este nuevo marco constitucional explica el por qué se sigue reconociendo a la conciliación en
- En concordancia, el art
- En el caso de Autos, se evidencia que el delito por el cual se viene
- Asimismo, no puede soslayarse la existencia del documento de acuerdo transaccional de 16 de noviembre
- Asimismo, como cláusula quinta, se deja claramente establecido que: “(Del incumplimiento)
- Ahora bien, de los antecedentes expuestos, se advierte que el excepcionista no ha cumplido con
- Es decir, en el citado acuerdo más allá de un plan de pagos asumido por
- Es más, de manera clara la víctima expresa en el citado acuerdo transaccional su voluntad
- En consecuencia, no resulta atendible la excepción opuesta, por cuanto se ha fundamentado en líneas
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- Regístrese y hágase saber
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
